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Segundo Distrito Judicial

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Supreme Court

The Supreme Court consists of five Justices and is located in Santa Fe. This is the court of last resort and has superintending control over all inferior courts and attorneys licensed in the state.

This court has mandatory appellate jurisdiction over: criminal matters in which the sentence imposed is life in prison or the death penalty, appeals from the Public Regulation Commission, appeals from the granting of writs of habeas corpus, appeals in actions challenging nominations, and removal of public officials.

Discretionary jurisdiction: denials of petitions for writ of habeas corpus, petitions for writ of certiorari to the Court of Appeals, other extraordinary writ matters, and certified questions either from the Court of Appeals or federal courts.


Court of Appeals

Ten judges preside, sitting in panels of three. The Court of Appeals has offices in Santa Fe and Albuquerque.

This court has mandatory jurisdiction in: civil, non-capital criminal, juvenile cases; Discretionary jurisdiction in interlocutory decision cases and administrative agency appeals.


District Court

One-hundred-two judges preside. There are thirteen different districts. These are District Courts of general jurisdiction which hold jury trials.

This court will hear these types of cases: Tort, contract, real property rights, and estate. Exclusive domestic relations, mental health, appeals for administrative agencies and lower courts, miscellaneous civil jurisdiction; Misdemeanor. Exclusive criminal appeals jurisdiction; Exclusive juvenile jurisdiction.


Magistrate Court

Sixty-seven judges preside. There are 46 magistrate courts. These are courts of limited jurisdiction. Jury trials.

This court will hear these types of cases: Tort, contract, landlord/tenant rights ($0-10,000); Felony preliminary hearings; Misdemeanor, DWI/DUI and other traffic violations.


Bernalillo County Metropolitan Court

Nineteen judges preside. Bernalillo County Metropolitan Court is of limited jurisdiction. Jury trials.

This court will hear these types of cases: Tort, contract, landlord/tenant rights ($0-10,000); Felony first appearances; Misdemeanor, DWI/DUI, Domestic Violence and other traffic violations.


Municipal Court

Eighty-three judges preside. There are eighty-one municipal courts. These are courts of limited jurisdiction. No jury trials.

This court will hear these types of cases: Petty misdemeanors, DWI/DUI, traffic violations and other municipal ordinance violations.


Probate Court

Thirty-three judges. There are thirty-three counties. These are courts of limited jurisdiction. No jury trials.

This court will hear these types of cases: Informal probate; Estate (Hears uncontested cases. Contested cases go to district court).

Segundo Distrito Judicial / Servicio de jurado / Preguntas frecuentes del jurado

Preguntas frecuentes

Para cumplir con el citatorio, debe ir al Portal de Jurados para completar y entregar el formulario en línea de Cuestionario y calificación del jurado, a más tardar en la fecha indicada en el citatorio. Si no cuenta con acceso a internet, debe llamar de inmediato a nuestra oficina al 505-841-7507 y pedir que le envíen los formularios por correo. ¡IMPORTANTE! Conserve el citatorio. Contiene información esencial para cumplir su servicio de jurado.

Petit Jury Service (3 week term of service)

After completing the required forms (see above question), petit jurors begin their service by receiving reporting instructions via email or phone to attend jury selection. Jury selection or “Voir Dire” in legal terminology, is the act of selecting a jury panel consisting of 12 jurors and 2-6 alternates from a larger group of usually 50-100 potential jurors. During voir dire, the assigned judge of a case and attorneys for each of the parties will ask you questions pertaining to the nature of the case. Your responses to these questions are what the attorneys and judge will use to pick the panel. The jurors selected for the jury panel will hear the evidence, testimony and arguments of the plaintiff(s) and defendant(s) in a particular case and return a verdict. The jurors that are unpicked will be placed back on call for the rest of their term of service to be potentially be brought back in for a different case.

If you have been summoned for a 3 week term of service, learn more about petit jury service here.

 

Grand Jury Service (3 month term of service)

After completing the required forms (see above question), grand jurors begin their service by attending grand jury orientation 1-3 weeks before the start of their service. Reporting instructions for grand jury orientation will be sent out 1 week before orientation via email or mail. Grand jury orientation will go over how grand jury works, how often it convenes and a primary grand jury panel will be selected. Those selected for the primary panel (Panel A) will convene 1-2 times a week to hear grand jury presentations from various agencies. Those not selected for Panel A will be alternates (or Panel B) that cover times when parts of Panel A are missing. Grand jury is very flexible in terms of scheduling as long as your scheduling needs are communicated to the court ahead of time.

If you have been summoned for a 3 month term of service, learn more about grand jury service here.

El citatorio de jurado se puede reimprimir hasta 30 días después de la fecha de creación. Comuníquese con la División de Jurado al 505-841-7508 para saber si su citatorio se puede reimprimir.

Jurors reporting for jury duty may park free of charge at the MetroPark parking structure. It is located just north of Metropolitan Court, and may be accessed by going north on Fifth St. from Lomas Blvd. The entrance to the structure is on the right immediately north of Slate St. Look for the yellow sign that says “Juror and Public Parking.” Bring your parking ticket with you and we will validate your parking. If you have an oversize vehicle, please contact our office for instructions.

Handicap parking is located at 500 Fourth St. NW, Albuquerque, NM 87102, with entries from Third and Fourth streets.

Please note that we cannot validate your parking if you choose to park at any other facility, nor can we reimburse you for any fees that you have paid for parking.

Los jurados que se presentan a la selección del jurado o a la orientación para el jurado de acusación NO pueden entrar al tribunal con celulares u otros dispositivos electrónicos. Sin embargo, si es seleccionado para el panel de jurados, se le dará un vale que le permitirá traer sus dispositivos electrónicos hasta que finalice el servicio.

Solo el personal de la división del jurado accede a las preguntas del formulario de Calificación y estas no se comparten con terceros, incluidos los jueces y los abogados. Las preguntas del Cuestionario tienen como fin dar a jueces y abogados información básica sobre su idoneidad para ser jurado en el juicio específico para el que fue citado. La respuesta escrita de estas preguntas reducirá el proceso de selección y también limitará la necesidad de hacer preguntas personales o incómodas ante el tribunal. Tenga en cuenta que, conforme la Orden 00-8500 de la Corte Suprema de Justicia de Nuevo México, todos los Cuestionarios en posesión del tribunal, o de cualquier otra parte, deberán destruirse en un plazo de 90 días después de terminado el periodo de servicio como jurado. Adoptamos esta directriz rigurosamente.

No lo tire. Escriba “DECEASED” (fallecido/a) en los formularios, adjunte una copia del acta de defunción y envíe el sobre completo a la División de la Administración del Jurado.

No lo tire. Escriba en los formularios el nombre y la dirección nueva de la persona que ha sido citada. Devuelva el paquete completo a la División de Administración del Jurado. Se comunicarán con la persona para que presente un comprobante de la dirección nueva.

Su nombre fue seleccionado al azar de una base de datos combinados que consta de los nombres de los conductores con licencia para manejar, de los votantes inscriptos y de los contribuyentes de los impuestos sobre la renta personal de Nuevo México.

El programa informático selecciona al azar los nombres que están en la base principal de datos de jurados. De la misma forma en que una moneda arrojada al aire puede caer de “cara” varias veces seguidas, algunas personas son seleccionadas con más frecuencia a corto plazo. Esta aparente desigualdad se compensará con el tiempo.

Las leyes de Nuevo México permiten que aquellos ciudadanos que han cumplido con el servicio de jurado dentro de los tres años previos sean eximidos de cumplir el servicio para el que han sido citados, si así lo solicitan. Los nombres de los jurados que han cumplido su servicio dentro de ese período de tiempo no son automáticamente excluidos, ya que muchos jurados que han cumplido su servicio recientemente están interesados en volver a hacerlo. Si usted ha cumplido su servicio dentro de los tres años anteriores y desea ser eximido en este momento, complete y envíenos el formulario de Calificación como jurado (asegúrese de contestar todas las preguntas), junto con el Cuestionario lo antes posible.

La Constitución de los Estados Unidos y la Constitución del Estado de Nuevo México garantizan el derecho al juicio por jurados. Si no se presenta a cumplir esta obligación cuando se lo ordenen, se le podrían imponer las sanciones establecidas por ley. Las leyes estatales exigen que todos los residentes del condado de Bernalillo cumplan el servicio de jurado a menos que:

  • No sean ciudadanos de Estados Unidos
  • Sean menores de 18 años
  • Hayan sido condenados de un delito grave y no hayan cumplido con los términos de su condena, lo cual incluye la libertad condicional.

Como se ha indicado, la ley automáticamente inhabilita a quienes no son ciudadanos de Estados Unidos para participar en el servicio de jurado. Si usted no es ciudadano de Estados Unidos, deberá proporcionar una copia de su tarjeta de residencia, junto con el formulario completo de Calificación a la División del Jurado.

Yes. New Mexico statutes allow for the permanent excusal of all such individuals who request it. If you fall into this category you must request an excusal because of your age and you may be asked to provide proof of your age in the form of New Mexico ID or an Affidavit of Age.

En las instrucciones de presentación se enviará la ubicación específica dentro del tribunal a la que se tendrá que presentar. Cuando se presenta para la selección del jurado, primero debe registrarse con el personal del jurado. El personal del jurado le pedirá su nombre y el número de jurado en el registro. Una vez que se haya registrado, deberá sentarse hasta que se presenten todos los jurados programados. Después de que hayan llegado todos los jurados, se notificará al juez ante el que ha sido citado. Tan pronto como se hayan tratado las cuestiones preliminares del tribunal, el alguacil del juez llevará a todos los jurados a la sala para un proceso llamado “voir dire”. En este procedimiento, los abogados de las partes harán preguntas para determinar la idoneidad de cada jurado para participar en un caso en particular. Además, el juez podrá darle algo de información sobre el caso, y hasta cuánto se prevé que dure. Este proceso puede durar entre 1 y 5 horas (y en algunos casos, más), según el caso. Una vez cumplido este paso, se le pedirá que espere en la sala o se le dará un receso mientras el juez y los abogados seleccionan el panel del jurado del caso. Después de que el jurado haya sido seleccionado, el alguacil o el juez anunciarán a los jurados seleccionados. Los jurados elegidos irán a la sala a prestar juramento. En la mayoría de los casos, el juicio comenzará inmediatamente. Los jurados que no hayan sido seleccionados, serán liberados en este momento y se les indicará que continúen revisando sus correos electrónicos, atendiendo las llamadas telefónicas o visitando el portal del jurado todos los días hasta que finalice el plazo de su servicio. Nota: Una queja frecuente de los jurados es el tiempo que aparentemente se pierde inexplicablemente durante la selección del jurado y los juicios. Lo que podría aparentar ser tiempo perdido es efectivamente tiempo que usan el juez y los abogados para analizar cuestiones que deben tratarse sin presencia del jurado. Estos eventos suelen surgir inesperadamente y no se pueden planificar. Un caso podría conciliarse justo antes del juicio, lo que elimina la necesidad de sus servicios como jurado ese día. De hecho, la presencia de un panel en espera suele acelerar este resultado. Por esto, su presencia ese día cumplirá un rol fundamental para nuestro sistema jurídico. Tenga en cuenta estas posibilidades y sea paciente, ya que todos trabajamos para lograr nuestro objetivo de lograr justicia para todos.

En tales circunstancias, este Tribunal sigue las pautas de cierre de las Escuelas Públicas de Albuquerque. Consulte la televisión o la radio locales para saber si las Escuelas Públicas de Albuquerque han cerrado (o retrasado el inicio de las clases) por mal tiempo. Atención: No seguimos las pautas de las escuelas East Mountain.

En general, la sesión del jurado ordinario dura 3 semanas en el Condado de Bernalillo. Sin embargo, nuestra experiencia indica que, durante ese período, puede ser que un jurado deba reportarse para la selección del jurado entre 2 y 3 veces en promedio. Las instrucciones de presentación se suelen enviar 2 días antes de que se lo necesite y se tendrá que registrar en el portal del jurado en línea para ver si debe presentarse.

En ocasiones excepcionales, puede ocurrir que se seleccione un panel cerca del final de la sesión para un juicio que dure más allá de la fecha de finalización de esa sesión. Si eso sucede, aquellos jurados seleccionados tendrán obligación de cumplir su servicio hasta la finalización del juicio. Aunque esto es poco frecuente, puede suceder.

En promedio, desde la selección del jurado hasta el veredicto, los juicios duran un poco más de dos días. Sin embargo, a veces puede suceder que un juicio dure una semana o más tiempo.

El servicio de jurado es la base fundamental en la que se apoya nuestro sistema judicial y un deber cívico esencial que rige para todos los ciudadanos. Nuestro sistema judicial depende de la participación de quienes son seleccionados para servir como jurado. Si uno o más jurados no se presentan como se les indica, el juicio se podría demorar. Estas demoras son un gran gasto para los contribuyentes del Condado de Bernalillo. Asimismo, esto causa inconvenientes para los jurados que sí se presentan según se les indica. Debido a esto, solo aquellas emergencias inesperadas, inevitables y de urgencia mayor pueden considerarse como motivos válidos para ausentarse. Por lo menos, aquellos jurados que no se presentan según se les indica deben saber que su servicio se volverá a programar para otra sesión. Ha ocurrido en algunos casos que los jurados que no comparecieron fueron citados frente a un juez para explicar el motivo de la ausencia. Y, en ocasiones excepcionales, un juez podría ordenar que se emita una orden de arresto contra el jurado. Si se encuentra en una situación en la que le resulte imposible comparecer según le hayan indicado, debe llamar a nuestra oficina al 505-841-7507 lo antes posible después de las 8:00 a. m. del día en que deba presentarse. Le informarán al juez que usted estará ausente y el motivo de su ausencia.

El tribunal está autorizado por orden de la Corte Suprema de Justicia a pagarle $12 por hora por servicio. Además, si las millas recorridas en el viaje de ida y vuelta entre su residencia y el tribunal son más de 40, se pagan a razón de 50 centavos por milla. Por ejemplo, una persona que viaja 50 millas de ida y vuelta recibe un reembolso por 10 millas. La persona que viaja 40 millas o menos no recibe reembolso de millas. Le enviarán los cheques a su domicilio. En promedio, usted deberá esperar entre tres y seis semanas desde la finalización de su sesión para recibir el pago por su servicio como jurado. Si no recibe el pago dentro de las ocho semanas posteriores a su servicio como jurado, llame a nuestra oficina al 505-841-7507. Su pago no puede dividirse en un reembolso por las horas de servicio y un reembolso por millas recorridas. Tenga en cuenta que usted podrá renunciar al pago por las horas de servicio o al reembolso por millas recorridas si así lo deseara. Simplemente indíquelo en el formulario de Calificación.

Si usted es empleado de la Ciudad de Albuquerque, del Condado de Bernalillo, de UNM, de UNMH, de CNM, de APS o del Estado de Nuevo México, no recibirá remuneración por parte del tribunal por su servicio como jurado, ya que el tribunal entiende que usted seguirá recibiendo su salario por hora mientras cumple su servicio como jurado. Sin embargo, si usted se presenta a cumplir el servicio como jurado en su tiempo libre, en lugar de hacerlo durante su horario laboral, debe informarnos de esa situación para que pueda recibir personalmente crédito y remuneración por su tiempo. Si no nos informa antes de que finalice su sesión, será demasiado tarde. Si es empleado federal, le emitirán el pago por su servicio. Comuníquese con el Departamento de Recursos Humanos para determinar cómo procesarán su pago.

No. La Sección 38-5-18 de la ley de Nuevo México indica: “Ningún empleador podrá privar a un empleado de su trabajo, ni amenazar o de otro modo coaccionar al empleado, porque este reciba un citatorio para servir como jurado, responda al citatorio, sirva como jurado o asista al tribunal para cumplir su servicio como posible jurado. Ningún empleador exigirá ni pedirá que un empleado use su licencia anual, días de vacaciones o licencia por enfermedad para compensar el tiempo que deba pasar respondiendo al citatorio para servir como jurado, por participar en el proceso de selección del jurado o por servir como jurado”.

Sí. La falta de medio de transporte o el hecho de no tener una licencia válida para manejar NO le exime del servicio como jurado. Se le envió el citatorio por correo con suficiente anticipación para que pueda hacer los arreglos necesarios con respecto al transporte. Aquí podrá encontrar la información sobre los recorridos de los autobuses de la Ciudad de Albuquerque. Para ver la información acerca del NM Rail Runner, haga clic aquí.

Aunque no hay un código específico de vestimenta, le pedimos que se vista de manera adecuada a la dignidad del tribunal. Los hombres no tienen obligación de llevar saco y corbata. Son aceptables los pantalones de jean. No se considera apropiado usar pantalones cortos, camisetas sin mangas o con tirantes finos, prendas que dejen al descubierto el estómago y ropa similar. Se puede usar sombrero, pero se lo deberá quitar antes de entrar a la sala del tribunal. Pedimos que los agentes de policía, bomberos y otros funcionarios públicos o agentes del orden público se abstengan de presentarse con el uniforme para servir como jurado. Debido a que la temperatura en los juzgados es variable, se recomienda llevar prendas que se puedan poner y quitar cuando sea necesario.

Sí. Para solicitar ser eximido, complete y envíe todos los formularios, además de la sección que trata específicamente su solicitud para ser eximido. Es necesario que proporcione la documentación requerida como se describe en su citatorio. Después de enviar el cuestionario y formulario de calificación, envíe a la división del jurado los documentos de respaldo por correo electrónico (albdjury@nmcourts.gov), o por fax al 505-841-6769, o por correo postal a: Jury Management Division, P.O. Box 488, Albuquerque, NM 87103. Se le notificará el resultado de su solicitud de exención. No será eximido hasta que se lo notifique el tribunal. Tenga en cuenta que no podemos procesar solicitudes de exención por teléfono.

Los jurados potenciales que reúnan los requisitos para servir como jurado podrán ser eximidos de cumplir este servicio solamente en casos de dificultades extremas y problemas médicos graves. Todas las solicitudes deben presentarse en la División de Administración del Jurado por escrito antes de la fecha de inicio del servicio como jurado, según lo explicado en el Cuestionario del jurado. La solicitud de exención y la documentación obligatoria pueden ser enviadas por fax al 505-841-6769 o por correo electrónico a albdjury@nmcourts.gov o por correo postal a: Jury Management Division, P.O. Box 488, Albuquerque, NM 87103. No estará eximido hasta que reciba una notificación del Tribunal. El jurado también puede solicitar una dispensa y cargar la documentación de respaldo a través del portal del jurado. Un jurado potencial podrá ser eximido si:

  • Tiene una discapacidad física o mental que le impida cumplir con el servicio. El jurado potencial debe presentar una nota del médico (en una hoja con membrete del médico o del talonario para recetas) que dé fe de la discapacidad.
  • Debe proporcionar cuidados reales y necesarios a otra persona y no es posible hacer otros arreglos. Debe presentar una nota del médico (en una hoja con membrete del médico o del talonario de recetas) que dé fe de esta situación.
  • Está cumpliendo servicio militar activo y no está en una base del condado. Debe presentar una carta de su oficial superior en la que así lo indique.
  • Tiene más de 75 años de edad. Debe proporcionar una declaración jurada notariada que dé fe de este hecho. Para imprimir una copia de este documento haga clic aquí.
  • Tenga en cuenta que no podemos procesar pedidos de exención por teléfono.

El tribunal entiende que existe la posibilidad de que los potenciales miembros del jurado reciban la citación en un momento inconveniente. En la mayoría de los casos, podemos posponer su servicio hasta una fecha más oportuna. Los miembros del jurado pueden pedir una única postergación del servicio, para lo cual deben completar la sección correspondiente del formulario de Calificación como jurado en línea, con el Cuestionario completo, y entregarlo. Si solicitamos documentación de respaldo, puede enviarla por fax al 505-841-6769, por correo electrónico al: albdjury@nmcourts.gov o correo postal al: Jury Management Division, P.O. Box 488, Albuquerque, NM 87103.

La División de Administración del Jurado no puede eximirlo como jurado potencial debido a cómo su trabajo. En el Tribunal del Segundo Distrito Judicial hay juicios tanto civiles como penales que necesitan jurados. Debido a que el proceso de selección se realiza al azar, no es posible saber por adelantado para qué juicio, o ni siquiera para qué tipo de juicio, podrían seleccionarlo.

No. Las leyes de Nuevo México no contemplan la exención para el servicio como jurado por motivos de creencias morales o religiosas. Usted sigue teniendo la obligación de presentarse para el servicio como jurado. Durante el proceso de selección, usted podrá mencionarle sus creencias morales o religiosas al juez que preside.

En Nuevo México, no hay exención para el servicio como jurado si usted no habla inglés. Le proporcionaremos un intérprete. Si habla un idioma distinto al inglés, complete y envíenos los formularios por correo indicando qué idioma habla. Haremos todo lo posible para proporcionarle un intérprete. Reiteramos que no puede ser eximido de su servicio como jurado por no hablar inglés.

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El Poder Judicial de Nuevo México incluye 13 tribunales de distrito, 54 tribunales menores, 81 tribunales municipales, el Tribunal Metropolitano del condado de Bernalillo, la Corte Suprema, el Tribunal de Apelaciones, los tribunales sucesorios y los tribunales especializados adicionales para servir a todos los habitantes de Nuevo México.

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